Santa Cruz de Lorica
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Glosario

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GLOSARIO

GLOSARIO OFICINA DE ADMISIONES

 ATENCIÓN DE SALUD        

Se define como el conjunto de servicios que se prestan al usuario en el marco de los procesos propios del aseguramiento, así como de las actividades, procedimientos e intervenciones asistenciales en las fases de promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se prestan a toda la población.

 

ATENCIÓN AMBULATORIA

Es una de las especialidades de la Medicina que se ocupa de los diagnósticos y terapias sin que el paciente necesite hospitalización.

 

ATENCIÓN ESPECIALIZADA

Consultas con médicos especialistas (pediatra, ortopedista, ginecólogo, cirujano, medicina interna, etc.).

 

ATENCIÓN INICIAL DE URGENCIAS         

Todas aquellas acciones realizadas a una persona con patología de urgencia, consistentes en los procedimientos e intervenciones necesarios para la estabilización de sus signos vitales; la realización de un diagnóstico y la definición del destino inmediato del paciente.

 

ATENCIÓN INTRAMURAL

Es la atención ambulatoria y hospitalaria que se realiza en una misma estructura física de salud.

 

ATENCIÓN EXTRAMURAL

Es la atención que se ofrece a la población en espacios no destinados a salud o espacios de salud de áreas de difícil acceso que no cuentan con servicios quirúrgicos habilitados. Estos espacios son acondicionados temporalmente para el desarrollo de las actividades y procedimientos específicos. Los prestadores que ofertan esta modalidad, cuentan con un domicilio que permite su ubicación por parte de los usuarios y la Entidad Departamental o Distrital de Salud.

 

AUTORIZACIÓN

Acto administrativo por el cual la autoridad competente ( EPS – ARL ) emite un documento permitiendo al solicitante ejecutar una práctica o cualquier acción especificada ( tecnología en salud).

 

AFILIADO      

La persona con o sin capacidad de pago (cotizante o familiar beneficiario) que tiene derecho a la cobertura de riesgos en salud.

 

AFILIACIÓN  

Es el acto jurídico, que requiere de la inscripción a una EPS, por medio del cual el usuario y su grupo familiar adquieren los derechos y las obligaciones derivados del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

 

ALTA

Acto médico que determina la finalización de la hospitalización o de la atención en urgencias.

 

ASOCIACIÓN DE USUARIOS        

Es una agrupación de afiliados del régimen contributivo o subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.

 

AYUDAS DIAGNÓSTICAS

Procedimientos de laboratorio clínico o imagenología que buscan confirmar o aclarar un diagnóstico médico, antes o durante el tratamiento de una lesión.

 

CONSULTA EXTERNA

Atención brindada por un profesional de la salud a un paciente ambulatorio en los locales definidos como consultorios externos, con fines diagnósticos, terapéuticos o de seguimiento.

 

COPAGO

Son pagos que corresponden a una parte el valor del servicio solicitado. Tienen como finalidad ayudar a financiar el Sistema.

  • Régimen Contributivo: Deben pagarlos únicamente los beneficiarios. El valor depende de si es por un mismo evento o enfermedad o por la atención de varios eventos durante el año.
  • Régimen Subsidiado: No se cobran copagos a las personas del nivel 1 del Sisbén, los niños durante el primer año de vida, ni las poblaciones especiales que presenten niveles de pobreza similares a los del nivel 1 del Sisbén, tales como: niños abandonados mayores de un año; indigentes; personas desplazadas; indígenas; personas de la tercera edad en protección en ancianatos; población rural migratoria; gitanos y el núcleo familiar de los desmovilizados, siempre y cuando se clasifique en el nivel 1 del Sisbén.

 

CUOTA MODERADORA

Es un aporte en dinero que debe ser pagado por todos los afiliados al régimen contributivo (cotizante y beneficiario) cuando se asiste al médico general, al especialista, al odontólogo o a consulta con un profesional paramédico. También cuando se reciben medicamentos, al tomarse exámenes de laboratorio o radiografías de tratamientos ambulatorios. Las cuotas moderadoras tienen por objeto regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso. En el Régimen Subsidiado no se cobran en ningún caso.

 

CUOTAS DE RECUPERACIÓN

Son los dineros que deben pagar directamente a las IPS:

  1. Las personas no afiliadas al Régimen Subsidiado cuando necesiten atención.
  2. Las personas afiliadas al Régimen Subsidiado que necesiten servicios no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud.

 

DIAGNÓSTICO

Proceso mediante el cual se establece el estado de salud y/o de situación de individuos, familias, grupos o comunidad, así como los factores que lo determinan.

 

HISTORIA CLINICA

Es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención.

 

CONSENTIMIENTO INFORMADO

Información técnica y formal brindada por los profesionales tratantes a los pacientes para tomar decisiones compartidas sobre procedimientos y terapéuticas que suponen un riesgo más alto que el habitual.

 

EMPRESA PROMOTORA DE SALUD (EPS)

Son las empresas encargadas de promover la afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud, las cuales no prestan servicios médicos, sino que promueven dichos servicios a usuarios en un esquema de aseguramiento. Las personas se afilian a las EPS para luego ser atendidas en clínicas y hospitales, las cuales brindan los servicios médicos.

 

FÓRMULA MÉDICA

Formato donde se registra el tratamiento definido por el médico para el manejo ambulatorio del paciente, generalmente corresponde a las indicaciones farmacológicas, en dosis, intervalos y tiempo de tratamiento. Cuando se trata de medicamentos de control, debe contener además la dirección, el teléfono, el Nº de documento de identidad, en todos los casos debe tener la firma del médico tratante y el registro médico con sello.

 

HOSPITALIZACIÓN

Ingreso de una persona enferma o herida en un hospital para su examen, diagnóstico, tratamiento y curación por parte del personal médico.

 

INTERCONSULTA

Es la solicitud elevada por el profesional o Institución de salud, responsable de la atención al usuario a otros profesionales o Instituciones de salud para que emitan juicios y orientaciones sobre la conducta a seguir con determinados usuarios, sin que estos profesionales o Instituciones asuman la responsabilidad directa de su manejo.

 

MIPRES

Es una herramienta tecnológica que permite  a los profesionales de la salud reportar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios. El profesional de la salud tratante le entregara la formula medica con el número de MIPRES; su EPS le entregara lo que prescribió el profesional de la salud y espere máximo 5 días para que la EPS le suministre la tecnología en salud que le prescribieron.

 

MOVILIDAD

Es el derecho que tiene el afiliado de cambiar del Régimen Subsidiado al Contributivo, y al contrario, cuando cambien sus condiciones socioeconómicas, sin que tenga que cambiar de EPS y sin que exista interrupción en la afiliación. Esto beneficia a los afiliados de los niveles 1 y 2 del Sisbén, lo mismo que a las comunidades indígenas, los desmovilizados, los gitanos, las personas del programa de protección a testigos y las víctimas del conflicto armado.

 

ORDEN DE SERVICIO

Es la solicitud de realización de actividades de apoyo diagnóstico y/o tratamiento entre una Institución y otra. Para lo anterior pueden referirse: personas, elementos o muestras biológicas y productos del ambiente.

 

PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN

Es una modalidad de organización de los servicios de salud para las personas. Requiere como condición estar integrado a un sistema de atención médica con niveles de complejidad creciente que asegure la referencia, la contrareferencia y la resolución de los problemas de salud en el nivel que corresponda.

 

PROMOCIÓN DE LA SALUD

Proceso que permite a las personas incrementar el control sobre su salud. Este concepto se pone en práctica usando enfoques participativos; los individuos, las organizaciones, las comunidades y las instituciones colaboran para crear condiciones que garanticen la salud y el bienestar para todos.

 

PREVENCIÓN DE ENFERMEDAD

Se refiere al conjunto de medidas necesarias para evitar el desarrollo de enfermedades.

 

POS

El POS o Plan Obligatorio de Salud es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia, SGSSS, cuya finalidad es la protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar.

 

PORTABILIDAD:

Es la garantía que deben dar las EPS a los usuarios para acceder a los servicios de salud en cualquier parte del país, cuando el afiliado y/o su núcleo familiar se trasladan del municipio donde se afiliaron o de aquel donde habitualmente reciben los servicios de salud. Este beneficio aplica:

  1. Por emigración ocasional, es decir, cuando el traslado es por menos de un mes.
  2. Por emigración temporal: Cuando el traslado es superior a un mes pero inferior a un año.
  3. Por emigración permanente: Cuando el traslado es superior a un año.
  4. Por dispersión del núcleo familiar: Cuando cualquier integrante del núcleo familiar se traslade a un municipio distinto a donde se afilió, independientemente de si el traslado es temporal o permanente.

 

REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA

El sistema de Referencia y Contrareferencia se define como el conjunto de procesos, procedimientos y actividades técnicas y administrativas que permiten prestar adecuadamente los servicios de salud a los pacientes, garantizando la calidad, accesibilidad, oportunidad, continuidad e integralidad de los servicios.

 

REINGRESO

Es la necesidad de nueva atención al paciente para abordar el mismo motivo de consulta inicial.

 

REMISIÓN

Una remisión es un conjunto específico de indicaciones o instrucciones de un médico, dirigidas a un especialista o a un centro para recibir atención médica necesaria. En algunos planes de salud, los pacientes deben obtener una remisión antes de ser atendidos.

 

REGIMEN SUBSIDIADO

En el Régimen Subsidiado en Salud deben estar afiliadas las personas pobres y vulnerables del país, es decir, las clasificadas en los niveles 1 o 2 del Sisbén, siempre y cuando no estén afiliadas al régimen contributivo, especiales o de excepción, y las poblaciones especiales prioritarias, tales como personas en condición de desplazamiento, población infantil abandonada a cargo del ICBF, menores desvinculados del conflicto armado, comunidades indígenas; personas mayores en centros de protección; población rural migratoria; personas del programa de protección a testigos; indigentes y población gitana (conocida como ROM), entre otros.

 

REGIMEN CONTRIBUTIVO

Al Régimen Contributivo deben afiliarse todas las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados, los trabajadores independientes con capacidad de pago, las madres comunitarias y los aprendices en etapa lectiva y productiva. Estas personas deben hacer un aporte mensual (cotización) a una Entidad Promotora de Salud, para que esta les garantice la atención en salud a través de las instituciones prestadoras de servicios de salud, conocidas como IPS.

 

SATISFACCIÓN DEL USUARIO

Nivel del estado de ánimo del Usuario-Paciente y su familia al comparar la atención en salud con sus expectativas.

 

SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN

Son instituciones de salud con profesionales mas especializados. Ofrecen servicios de primer nivel pero además consulta externa, urgencias, partos, hospitalización, cirugías de baja severidad, laboratorio, electro diagnóstico, rehabilitación, farmacia, todo en atención media.

 

TECNOLOGIAS EN SALUD

Las tecnologías en salud son el conjunto de medios técnicos y de procedimientos puestos a disposición por la ciencia, la investigación y los operadores del sector salud para sus elecciones de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.

 

TRASLADO

Es el derecho que tiene el afiliado de cambiar de EPS transcurrido doce meses de antigüedad en la misma EPS.

 

TRIAGE

El triage es un proceso de selección de pacientes, mediante el cual un integrante calificado del equipo de salud valora a través de un algoritmo específico la urgencia con la cual es necesaria la atención de un paciente y el nivel apropiado de resolución de la patología.


URGENCIA MÉDICA

La urgencia médica hace referencia a todo problema médico que ponga en peligro la vida, la pérdida de un órgano, o una función de la persona y que requiere de la atención inmediata del personal de salud a fin de conservar la vida y prevenir consecuencias críticas presentes o futuras. En este servicio el médico realiza una clasificación de los pacientes para determinar la prioridad en la atención.

 

 

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